Que es un legado y como se tramita una heréncia con o sin testamento


En esta entrada del blog, Mireia Ruiz, abogada de Arenys Advocats, explica de forma clara y detallada el concepto de legado, la diferencia con los herederos universales, y qué ocurre cuando no hay testamento. El legatario es aquél que recibe un bien concreto según lo establecido en el testador en su testamento. A diferencia del heredero universal, que sucede en la totalidad de bienes, derechos y obligaciones, el legatario recibe únicamente los bienes determinados que se le asignan, y puede reclamarlos al heredero. La transmisión se realizará ante notario y se declarará ante Hacienda como una adquisición por título sucesorio. Cuando no exista testamento, se tramitará una declaración de herederos abintestato ante notario, con testigos que acrediten la relación con el difunto. Sólo con esta declaración puede procederse a la aceptación y liquidación de la herencia.

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