En esta nueva entrada del blog de Mireia Ruiz, abogada en Egarense Advocats, se aclara una duda recurrente en los tribunales de familia: ¿es el gasto de un ordenador portátil o Chromebook para uso escolar un gasto extraordinario o debe incluirse en la pensión de alimentos? Mireia explica cómo la jurisprudencia ha evolucionado desde 2018 para considerar este tipo de herramientas digitales como un gasto ordinario, al igual que los libros escolares tradicionales. Por tanto, es crucial tener en cuenta este gasto al calcular la pensión de alimentos para evitar conflictos o reclamaciones posteriores.

